Tabla de contenidos
Empezad por el certificado de matrimonio: sin él no se mueve nada, y en España no tiene coste. Después viene lo único que de verdad cambia por casarse: el régimen económico matrimonial, la situación familiar que consta en vuestra empresa y en Hacienda, y los beneficiarios de seguros y planes. Los apellidos no entran en esta lista, porque aquí no cambian.
Si habéis llegado hasta aquí buscando cómo cambiarse el apellido después de la boda, la respuesta corta es que en España no hay nada que cambiar: cada persona conserva sus dos apellidos toda la vida y el matrimonio no toca ese punto en ningún registro. Es una buena noticia, porque elimina de golpe la mitad del papeleo que cuentan las guías escritas para otros países. Lo que queda es una lista más corta y bastante más importante, y casi todo su valor está en el orden, porque prácticamente cada gestión se apoya en tener ya el certificado de matrimonio en la mano.
1. Lo primero: el certificado de matrimonio
Antes que nada, pedid el certificado de matrimonio y pedid más de un ejemplar. La inscripción la hace de oficio quien os casa, pero el certificado hay que solicitarlo, y hasta que no lo tengáis no podéis acreditar el matrimonio ante nadie.
- Certificado literal: reproduce la inscripción entera, con los datos de los dos y las notas marginales. Es el que sirve para lo importante —notaría, banco, Seguridad Social, extranjería, herencias— y el que conviene pedir por defecto.
- Certificado en extracto: un resumen. Existe en versión ordinaria, en versión bilingüe para las comunidades con lengua cooficial y en versión internacional o plurilingüe, que es la que os ahorra una traducción jurada si tenéis que presentarlo fuera de España.
Los certificados del Registro Civil no tienen tasa: son gratuitos, se pidan como se pidan. Se solicitan por internet en la sede electrónica del Ministerio de Justicia, presencialmente o por correo, y con el Registro Civil ya unificado se pueden pedir desde cualquier oficina y no solo desde aquella donde se inscribió el matrimonio. Los plazos varían mucho de una oficina a otra, así que pedidlo el mismo mes de la boda aunque todavía no sepáis para qué lo vais a usar. Tres o cuatro copias cubren a casi cualquier pareja, y conviene pedir más si uno de los dos nació fuera, tiene otra nacionalidad o tiene bienes o cuentas en otro país, porque ahí suelen quedarse con un original.
Y conviene saber una cosa desde el principio: en España los apellidos no cambian al casarse. Cada uno conserva los suyos, y ni un banco ni una administración os van a pedir otra cosa. El libro de familia tampoco existe ya como documento nuevo: con la reforma del Registro Civil dejó de expedirse, los que están emitidos siguen siendo válidos pero no se actualizan, y su función la hacen ahora los certificados y el registro individual de cada persona. Si alguien os lo pide, un certificado literal es la respuesta.
Nadie cambia de apellido al casarse en España. Lo que sí cambia, y a mucha gente le pilla por sorpresa, es de quién es el dinero a partir de ese día.
2. El orden que ahorra viajes
La secuencia importa porque casi todas las gestiones piden ver el certificado, y algunas piden ver el resultado de la anterior.
| Paso | Dónde | Qué llevar | Coste y plazo |
|---|---|---|---|
| 1. Certificado de matrimonio | Registro Civil o sede electrónica del Ministerio de Justicia | DNI y los datos de la inscripción | gratuito; el plazo depende de la oficina |
| 2. Situación familiar en la nómina | vuestra empresa, con el modelo 145 | modelo 145 firmado; el certificado no suele hacer falta | gratuito; antes del siguiente cierre de nómina |
| 3. Seguridad Social y mutua | sede electrónica o cita presencial | certificado literal y DNI | gratuito; según la cita |
| 4. Régimen económico matrimonial | notaría, solo si queréis uno distinto del que os toca | DNI y certificado literal | arancel notarial, del orden de unos cientos de euros |
| 5. Beneficiarios de seguros y planes | cada entidad | certificado y DNI | gratuito; de una a dos semanas |
El paso que más gente se salta es el segundo, y es el único con una fecha real detrás. La situación familiar que consta en vuestra empresa determina la retención de IRPF de cada nómina, y si no la actualizáis os la van a seguir practicando con los datos antiguos. No es una multa: es una liquidación en la declaración del año siguiente que nadie esperaba, y es evitable con un formulario de una página.
Fijaos también en lo que el certificado de matrimonio no hace aquí. No cambia vuestro nombre, no cambia el DNI ni el pasaporte y no os inscribe automáticamente en nada. Lo que hace es acreditar un hecho; todo lo demás lo tenéis que pedir vosotros, entidad por entidad.
3. El régimen económico matrimonial: lo único que cambia solo
Aquí está el contenido jurídico de verdad de casarse en España, y ocurre sin que hagáis nada: desde el día de la boda vuestro patrimonio queda sometido a un régimen económico matrimonial. Cuál os toca depende del territorio, y por eso merece la pena mirarlo aunque no queráis tocar nada.
- Sociedad de gananciales. Es el régimen supletorio del Código Civil y el que se aplica en la mayor parte de España si no otorgáis capitulaciones. A grandes rasgos, lo que cada uno gana a partir de la boda es de los dos, y lo que cada uno tenía antes sigue siendo suyo.
- Separación de bienes. Es el régimen supletorio en Cataluña y en las Illes Balears. Cada uno conserva la propiedad y la administración de lo suyo, gane lo que gane, y los dos contribuyen a las cargas del matrimonio en proporción a sus recursos.
- Los territorios con derecho civil propio. Aragón, Navarra y buena parte del País Vasco tienen su propio régimen supletorio, con nombre y contenido distintos de los gananciales. Si vivís en uno de ellos, o si cada uno tiene una vecindad civil diferente, la respuesta no está en una guía general.
- Las capitulaciones matrimoniales. Son la única manera de elegir un régimen distinto del que os corresponde por defecto. Se otorgan en escritura pública ante notario, antes o después de la boda, y se hacen constar en el Registro Civil mediante nota marginal para que puedan oponerse a terceros.
- La vecindad civil. Es la que decide qué derecho civil se os aplica, y no coincide necesariamente con dónde vivís ahora ni con dónde os casasteis. Si tenéis vecindades distintas, el régimen por defecto se determina con reglas específicas y merece la pena preguntarlo en lugar de suponerlo.
Nada de esto es urgente el lunes siguiente a la boda, pero sí es lo primero que conviene entender, porque afecta a una hipoteca, a un negocio, a una herencia y a cualquier compra grande de los próximos años. Una consulta en una notaría suele ser corta y barata: si uno de los dos tiene una actividad por cuenta propia, deudas anteriores o patrimonio previo, ese cuarto de hora es la mejor inversión de todo el papeleo.
4. Lo que no hay que cambiar, y lo que nadie cambia por vosotros
Media lista de las guías extranjeras aquí no existe. Merece la pena decirlo por escrito, porque intentarlo cuesta tiempo y a veces dinero.
- Vuestros apellidos. No cambian, no se sustituyen y no se añade el del otro. Cambiar de apellidos en España es un expediente aparte del Registro Civil, con causas tasadas, y casarse no es una de ellas.
- El DNI y el pasaporte. Siguen siendo válidos exactamente igual. Solo hay que renovarlos cuando caducan, o si cambiáis de domicilio y queréis que conste el nuevo.
- El certificado de nacimiento y los títulos académicos. Recogen un hecho de un momento concreto y no se reescriben nunca.
- El número de la Seguridad Social y el NIF. Son identificadores personales de por vida y no tienen nada que ver con el estado civil.
Y una que se olvida en la dirección contraria: los beneficiarios de un seguro de vida, de un plan de pensiones o de un plan de empleo no se actualizan solos, y lo que diga la designación de beneficiario manda sobre lo que diga el testamento. Si en la vuestra sigue figurando un padre o una pareja anterior, esa es la persona que va a cobrar. Corregirlo son diez minutos y es, con diferencia, lo más valioso de toda esta página.
Lo mismo pasa con la persona de contacto en caso de urgencia en el trabajo, con la que consta en vuestro centro de salud y con la del colegio si tenéis hijos. Nada de vuestro matrimonio se propaga solo: cada dato que os importa lo escribió alguien una vez y ahí se queda hasta que alguien lo vuelva a escribir.
5. Un calendario realista, y el problema de los billetes
La mayoría de las parejas termina en cuatro u ocho semanas, y buena parte de ese tiempo es esperar al certificado. El calendario de abajo supone que lo pedís la semana siguiente a la boda.
| Cuándo | Qué |
|---|---|
| Semana 1 | Solicitar tres o cuatro certificados literales de matrimonio |
| Semanas 1 a 2 | Modelo 145 actualizado en la empresa y, si procede, domicilio fiscal |
| Semanas 2 a 3 | Seguridad Social y mutua; cita en la notaría si vais a otorgar capitulaciones |
| Semanas 3 a 4 | Banco, hipoteca y alquiler; cuenta común si la vais a abrir |
| Semanas 4 a 8 | Seguros, beneficiarios, planes de pensiones, testamento y empadronamiento |
Hay una cosa que sí conviene mirar antes de viajar, aunque no haya cambio de nombre. El nombre del billete tiene que coincidir con el del documento con el que vais a volar, y el problema clásico español no es la boda: son los dos apellidos y la casilla única que dejan muchos formularios extranjeros, donde según el día caben los dos juntos, uno solo o uno con guion. Comprobadlo antes de salir, porque corregir un nombre después es un cargo de la compañía y no un favor. Y si uno de los dos tiene pasaporte de un país donde el apellido sí cambia al casarse, ahí sí hay un plazo real: el documento nuevo y el billete tienen que ir a la vez, nunca uno de cada.
Contárselo a los demás es la parte fácil. Si montasteis una web de boda para el día, una nota corta ahí llega a todo el mundo antes que cien mensajes sueltos, y de paso resuelve la duda que más de uno va a tener sobre cómo dirigirse ahora a los dos.
El orden es siempre el mismo: primero el certificado, después lo que cambia solo —el régimen económico y la situación familiar de la nómina— y por último todo lo que depende de que alguien lo escriba. Los apellidos no están en la lista, y esa es precisamente la parte que más tiempo os ahorra frente a lo que cuentan las guías escritas para otros países. El siguiente paso sensato es anotar todas las entidades que tienen datos vuestros: el extracto del banco del último año es la forma más rápida de encontrarlas todas.
¿Planificas la boda de tus sueños?
Crea tu propio sitio web de boda en minutos – con RSVP, galería de fotos y más.