Documentos para el expediente matrimonial

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Para casaros por lo civil en España hay que abrir antes un expediente matrimonial. Cada uno aporta documento de identidad en vigor, certificado literal de nacimiento, certificado de empadronamiento y una declaración de su estado civil. Se presenta en el Registro Civil que os corresponde por domicilio, en algunos casos ante notario, y termina con una resolución que autoriza la boda.

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La lista es corta, pero hay tres detalles que pillan a casi todas las parejas: la resolución tarda, el tiempo que tarda no depende de vosotros, y la competencia la decide el padrón y no el sitio donde queréis celebrar. Esta guía repasa los papeles uno a uno y dice de dónde sale cada uno y cuánto se tarda en conseguirlo.

Los requisitos son estatales, pero la práctica es local: cada Registro Civil aplica su propio criterio sobre qué certificados acepta, cuánto tiempo los considera vigentes y con cuánta antelación cita la audiencia reservada. Por eso aquí no encontraréis un número de días. Encontraréis el mecanismo y el sitio donde preguntar la cifra exacta.

1. Los documentos que aporta cada uno

Cada uno lleva su juego completo. En la ventanilla se comprueban ahí mismo y, para todo lo que el Registro quiere en forma literal, no valen fotos, escaneos ni fotocopias.

DocumentoQué valeNotas
Documento de identidadDNI, NIE o pasaporte en vigorTiene que estar vigente el día de la presentación y el día de la boda; un DNI caducado detiene el expediente
Certificado literal de nacimientoEl expedido por el Registro Civil del lugar de nacimientoLiteral, no en extracto: es el que arrastra las notas marginales. Se pide gratis en la sede electrónica del Ministerio de Justicia
Certificado de empadronamientoEl que emite vuestro ayuntamiento, con el histórico que os pidanEs lo que decide qué Registro Civil es competente, así que suele ser el primero que hay que sacar
Declaración de estado civilEl impreso del propio Registro, firmado por cada unoSe firma en la oficina o se descarga de su web; algunos registros lo llaman solicitud inicial
Prueba de que un matrimonio anterior terminóCertificación literal del matrimonio anterior con la nota marginal de divorcio, o certificado de defunción del cónyugeLa nota marginal es lo que cuenta. Con la sentencia sola, sin que el divorcio esté inscrito, el expediente no avanza

Cada Registro Civil publica su propia lista y las diferencias son reales: uno pide el empadronamiento de los dos últimos años, el de al lado se conforma con el actual, un tercero quiere los certificados expedidos en los últimos meses aunque el dato que contienen no caduque nunca. Leed la página de la oficina exacta a la que vais a ir. El trámite en sí, con la cita y la audiencia reservada, está en nuestra guía de cómo iniciar el expediente matrimonial.

El Registro Civil no guarda nada para después. Lo que falte en la ventanilla os manda a casa a volver otro día, y la fecha de la boda no se mueve por vosotros.

2. Dónde se presenta, y por qué aquí sí manda el domicilio

El expediente no se presenta donde queréis casaros, sino donde vivís. Lo tramita el Registro Civil del domicilio de cualquiera de los dos, y eso lo acredita el padrón. Es justo lo contrario de lo que esperan las parejas que han leído guías estadounidenses, donde el papel se compra en el condado en el que se celebra la boda y la residencia no importa.

La consecuencia práctica es buena: podéis dejar el expediente resuelto en vuestra ciudad y celebrar la boda en otra. La resolución os autoriza a casaros, no os ata a un edificio concreto, aunque sí hay que coordinar con quien vaya a oficiar, porque el ayuntamiento o la notaría llevan su propia agenda.

Como las cifras se mueven de una oficina a otra, aprended el mecanismo antes que un número. Son cinco y entre los cinco os arman el calendario.

MecanismoCuánto varíaDónde está la respuesta exacta
CompetenciaLa fija el domicilio de cualquiera de los dos, no el lugar de la bodaCertificado de empadronamiento y web del Registro Civil
Tiempo de tramitaciónDe unas semanas a bastantes meses según la oficina y la época del añoPreguntando en el propio Registro por su demora actual
Audiencia reservadaEntrevista por separado con cada uno; se cita cuando el expediente está completoLa citación llega desde el Registro Civil
Edictos o testigoEn poblaciones pequeñas se publican edictos; en las grandes se sustituyen por la declaración de una persona que os conozcaEl Registro Civil os dice cuál de las dos vías os toca
Validez de la resoluciónLimitada: la boda tiene que celebrarse dentro del plazo que marcaEn la propia resolución, y confirmándolo en la oficina

De ahí salen dos consecuencias. Si os casáis lejos de casa, el expediente sigue siendo el de vuestro domicilio, así que se puede empezar antes de moverse, y conviene hacerlo. Y si os casáis fuera de España, nada de esto os aplica: seguís las normas del país donde celebréis y luego dependéis de la inscripción del matrimonio celebrado en el extranjero para que aquí surta efectos.

2. Dónde se presenta, y por qué aquí sí manda el domicilio — Documentos para el expediente matrimonial

3. Papeles extra para situaciones concretas

Todo lo que se sale del caso simple necesita prueba documental, y una parte de esa prueba tarda semanas en llegar.

  • Ha habido un matrimonio anterior y hubo divorcio: certificación literal de aquel matrimonio con la nota marginal del divorcio inscrita. Si el divorcio es reciente y todavía no está anotado, el paso previo es que se inscriba, y eso va por su cuenta.
  • Sois viudo o viuda: certificado literal de defunción del cónyuge anterior y certificación literal del matrimonio, los dos en forma literal.
  • Uno de los dos es extranjero: certificado de nacimiento de su país legalizado o con apostilla de La Haya y traducido por traductor jurado, más el certificado de capacidad matrimonial o de estado civil que expida su consulado. La situación administrativa en España no es un requisito para casarse, aunque sí hace que el expediente se instruya con más detalle, como explicamos en la guía sobre casarse con una pareja extranjera.
  • Alguno de los dos tiene dieciséis o diecisiete años: hace falta estar emancipado y acreditarlo. Por debajo de los dieciséis no se puede contraer matrimonio en España desde la reforma de 2015, y no hay dispensa que lo salve.
  • Los apellidos no coinciden entre documentos: pasa sobre todo con documentación extranjera y con transcripciones de nombres. Hace falta el documento que enlace las dos versiones, traducido igual que el resto.

Lo que sí puede aparecer en esta fase, y sorprende a mucha gente, es un testigo. Bastantes registros piden la declaración de una persona que os conozca y confirme que no hay impedimento. No es el mismo papel que el de los dos testigos de la celebración, que son obligatorios y están explicados en si hacen falta testigos para casarse.

Dos cuestiones de documentos provocan más viajes en balde que todas las demás juntas. La primera es la vigencia. El dato que contiene un certificado literal de nacimiento no caduca, pero muchos registros solo aceptan certificados expedidos hace poco. Preguntad cuál es su criterio antes de pedirlos, porque pedirlos demasiado pronto sale igual de caro que pedirlos tarde.

La segunda es la legalización de documentos extranjeros. Un certificado sin apostilla, o traducido por alguien que no es traductor jurado, no se admite, y las dos cosas llevan su tiempo. Si en vuestro caso hay documentación de fuera, resolvedla la primera y no la última.

4. Un calendario que funciona

Los documentos casi nunca son la causa del retraso. Lo son las certificaciones que hay que pedir a otra administración y la demora del propio Registro.

CuándoQué hacer
De 12 a 9 meses antesFijar fecha aproximada y localidad, y decidir ante quién queréis casaros
De 9 a 6 meses antesPedir el certificado literal de nacimiento y, si hubo matrimonio anterior, la certificación con la nota marginal; renovar un DNI o un pasaporte a punto de caducar
De 6 a 4 meses antesLeer la página del Registro Civil concreto: impresos, cita previa, lista de documentos, cómo se convoca la audiencia reservada
En cuanto tengáis los certificadosPresentar el expediente. Es el único plazo del día que no controláis, y en algunas ciudades se cuenta en meses
Día de la bodaOficia quien corresponda, se lee el articulado y se firma el acta; los dos testigos firman también
Después de la celebraciónLa inscripción en el Registro Civil es lo que hace que el matrimonio produzca efectos frente a terceros

Aquí el instinto que hay que corregir es el contrario del estadounidense. Allí empezar pronto es el error, porque la licencia caduca. En España el error es empezar tarde: nadie os penaliza por tener los papeles listos con un año de antelación, y sí os quedáis sin fecha si el expediente entra en verano en una oficina con cola. Lo que cuesta cada opción está en nuestra guía sobre cuánto cuesta casarse por lo civil.

4. Un calendario que funciona — Documentos para el expediente matrimonial

5. Errores que os mandan a casa

Cinco problemas explican casi todos los viajes perdidos a la ventanilla.

  1. Empezar tarde. La demora del Registro no la fijáis vosotros, y es el único tramo del calendario que no se puede comprimir. Contad hacia atrás desde la fecha y añadid margen.
  2. Pedir el certificado en extracto. Casi todo lo que se aporta tiene que ser literal. El extracto vale para otras cosas, no para esto, y se parece lo bastante como para que nadie se dé cuenta hasta la ventanilla.
  3. Dar por hecho que el divorcio ya está inscrito. La sentencia firme y la nota marginal son dos cosas distintas, y el expediente solo mira la segunda.
  4. Faltar a la audiencia reservada. Es individual y presencial, os citan por separado y no se despacha por teléfono. Una ausencia sin justificar retrasa el expediente entero.
  5. Documentación extranjera sin apostilla ni traducción jurada. Ni se admite ni se arregla en el momento, y conseguirla desde España lleva semanas.

Guardad los originales juntos en una carpeta y un juego escaneado en un sitio al que lleguéis los dos. Si de todas formas vais a montar una web de boda, su zona privada sirve perfectamente para los escaneos y para la lista de fechas, horarios de oficina y números de expediente.

El papeleo del expediente matrimonial es de verdad ligero: identidad, nacimiento, padrón y estado civil. Lo que aprieta no es la lista, es que la tramitación tarda lo que tarde en vuestra oficina, que la competencia la decide el domicilio y que la resolución tiene una validez limitada una vez concedida.

El siguiente paso razonable es abrir la web del Registro Civil exacto que os corresponde, leer su lista de documentos y su sistema de cita, y meter la fecha de presentación en el calendario como una tarea con plazo y no como una intención.

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